LA CAUTELAR MAS LARGA NO ES DE CLARIN SINO DE LA NACION
Regalo de Reyes
Este año cumple una década la medida cautelar que permitió al diario La Nación acumular una deuda que la AFIP calcula en 280 millones de pesos. Tres años y medio de esa dilación transcurrieron en la propia Corte Suprema, ominoso presagio sobre lo que puede ocurrir con el Grupo Clarín y con la Sociedad Rural. Las diferentes posiciones de Highton, Fayt, Maqueda, Zaffaroni y Lorenzetti. Jueces y partes.
Por Horacio Verbitsky

Magia negra
La causa se originó en los acuerdos de competitividad de 2001 que
intentaron prolongar con inyecciones de benevolencia fiscal la agonía
del sistema de convertibilidad monetaria. Comenzaba un nuevo acto de
magia negra para intentar que una lluvia salvadora cayera sobre la
economía convertible, reseca por una recesión de cuatro años. En junio
de 2001, el decreto 730 permitió que los medios de comunicación no
pagaran el impuesto a la ganancia mínima presunta y computaran las
contribuciones patronales sobre la nómina salarial como crédito fiscal
en el momento de la liquidación del IVA. Este auxilio debía prolongarse
hasta marzo de 2003. En noviembre de 2001, otro decreto también firmado
por Domingo Cavallo y Fernando De la Rúa (1387/01) extendió ese
beneficio a todos los contribuyentes para el período fiscal a iniciarse
en abril de 2003. Esos planes no bastaron para sostener la artificial
paridad entre el peso argentino y el dólar estadounidense, que fue
incrementando el déficit en la balanza de pagos y la fuga de divisas,
financiada por los préstamos de organismos internacionales. En cuanto
ese flujo se cortó, la devaluación arrasó la utopía dolarizada de las
clases medias y el senador Eduardo Duhalde trepó en forma interina al
Poder Ejecutivo, cosa que dos años antes no pudo alcanzar por medios
legítimos. El ingreso al acuerdo de competitividad requería la
preservación del empleo y el congelamiento del precio de tapa de los
diarios. La Nación y otros medios incumplieron ese compromiso, aduciendo
el aumento de costos. En marzo de 2003, Duhalde eliminó el cómputo de
las contribuciones patronales como crédito fiscal para todos los
sectores excepto dos: los medios de comunicación y el transporte de
carga. Su decreto de necesidad y urgencia 746/03, del 28 de marzo de ese
año, especificó que la excepción regiría por el “plazo mínimo y
acotado” de cuatro meses, para que el Poder Ejecutivo “pueda estudiar
con mayor profundidad la problemática a fin de encontrar una solución
alternativa”.
El pliego de condiciones
En abril se realizaron las elecciones presidenciales y para mayo
estaba prevista la segunda vuelta. Pero Carlos Menem anunció su
deserción el 14 de mayo. El 15, La Nación mostró que además de su propia
salvación se interesaba por la vasta liga de intereses que representa.
En un editorial con la firma de su subdirector José Claudio Escribano,
sostuvo que “la Argentina ha resuelto darse gobierno por un año” y dijo
que la frase se había pronunciado en una reunión del Council of Americas
en Washington. En esa extraordinaria pieza de periodismo militante,
Escribano aludió sin nombrarlo a un desayuno que había compartido con
Néstor Kirchner el lunes 5 de mayo. En aquel encuentro, concertado por
Alberto Fernández, Escribano transmitió un virtual ultimátum,
comunicando ceremoniosamente “los postulados básicos” del diario La
Nación, porque “seremos inflexibles en su defensa”. Incluían el
“alineamiento incondicional” con Estados Unidos; la “reivindicación del
desempeño de las Fuerzas Armadas” en “la lucha contra la subversión”;
una urgente reunión con los empresarios; el cambio de la posición
argentina con respecto a Cuba, “donde están ocurriendo terribles
violaciones a los derechos humanos”, y el enfrentamiento al “problema de
la inseguridad”, tranquilizando “a las fuerzas del orden con medidas
excepcionales”. Este pliego de condiciones parecía modelado sobre el que
Lanusse intentó imponerle a Perón en 1972, y tuvo el mismo destino. La
intención del decreto de Duhalde había sido dejar la resolución del tema
de los medios y el transporte de carga a quien resultara electo. Pero
La Nación siguió descontando hasta hoy de su liquidación del IVA lo que
pagaba como aportes patronales.
La cautelar
En julio de 2003 había vencido el plazo fijado por el último
decreto. Luego de pagar el impuesto en agosto y setiembre de 2003, La
Nación obtuvo en octubre la medida cautelar que pronto soplará sus
primeras diez velitas. El argumento del diario fue que el crédito fiscal
seguía vigente hasta que el Poder Ejecutivo encontrara la “solución
alternativa” mencionada como hipótesis en los considerandos del decreto.
El mismo criterio fue seguido en ese momento por el Grupo Clarín, por
la editorial Perfil, por la editora El Cronista Comercial, del diputado
Francisco De Narváez, por las emisoras de radio y televisión de los ex
diputados José Manzano (asociado con Daniel Vila) y Alberto Pierri y por
el Canal 9, entre muchos otros de menor importancia. Según la
Administración Federal de Ingresos Públicos, de este modo La Nación dejó
de pagar 150 millones de pesos de capital, a los que suma otros 130
millones de intereses, para llegar a un total de 280 millones. La medida
cautelar no fue presentada en forma directa por cada medio, sino a
través de las cámaras patronales que los agrupan. Fueron tres juicios de
conocimiento presentados por ADEPA (la Asociación de propietarios de
periódicos, que Escribano presidió); la Asociación Argentina de TV por
Cable y las asociaciones de diarios de Buenos Aires (AEDBA), de diarios
del interior (ADIRA), de radiodifusoras privadas (ARPA) y de editores de
revistas (AAER). El juez en lo contencioso administrativo federal
Osvaldo Guglielmino resolvió el 30 de octubre de 2003 que mientras el
Poder Ejecutivo no encontrara la solución alternativa, los medios
podrían seguir descontando los aportes patronales en la liquidación del
IVA, tal como pretendían. Recién el 6 de noviembre de 2008 los
camaristas Marta Herrera y Carlos Grecco, de la sala II de la Cámara de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, levantaron la
medida cautelar dictada por Guglielmino. Afirmaron que el decreto
1387/01 fijó un límite temporal a la franquicia y siempre que se
mantuvieran las condiciones de crisis de 2001, por lo cual no existía
ningún “derecho subjetivo a la reducción impositiva”. Establecer la
capacidad contributiva de cada empresa para enfrentar el reclamo fiscal
requiere analizar “circunstancias fácticas y medidas probatorias”
imposibles en un juicio cautelar, por lo cual levantaron la prohibición
de innovar. Pero bastaron apenas siete meses para que la Corte Suprema
de Justicia volviera las cosas a su cauce favorable a La Nación y
decidiera que la medida provisoria sería permanente, hasta que la propia
Corte Suprema resolviera si es legítimo o no que La Nación siga
descontando los aportes patronales, tantos años después de finalizada la
vigencia del decreto que lo permitió y en un contexto económico-social
por completo distinto. Ese fallo de la Corte fue firmado por Ricardo
Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Santiago Fayt, Enrique
Santiago Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay. El único juez
que no lo suscribió fue Raúl Zaffaroni. Ya parece una regla que cuando
las resoluciones favorecen al Estado, las apelaciones se resuelven más
rápido que cuando lo perjudican. La AFIP arguye que luego de diez años
de derogado el beneficio, es evidente que el Poder Ejecutivo no tiene
intención de renovarlo bajo cualquier otra forma, dado que los diarios
no cumplieron su parte del compromiso, al aumentar su precio de tapa y
despedir trabajadores.
El límite razonable
El 15 de marzo de 2010, la Procuradora fiscal ante la Corte Suprema,
Laura Monti, dictaminó que el recurso de La Nación era inadmisible.
Otro semestre más tarde, el 5 de octubre de 2010, la Corte decidió en el
caso del Grupo Clarín que, dado el interés general en la aplicación de
la ley de servicios de comunicación audiovisual, es conveniente la
fijación de un “límite razonable” para la vigencia de las medidas
cautelares, porque su prolongación excesiva equivaldría a un fallo
favorable en la cuestión de fondo. Cuando la AFIP pidió que esta
jurisprudencia se aplicara también a los impuestos que no paga La
Nación, la Corte convocó a una audiencia de mediación, que no se hizo
pública y sobre la cual tampoco hay información disponible en el Centro
de Información Judicial (CIJ). Allí la AFIP rechazó que los
considerandos del decreto 746 pudieran ser tomados como un compromiso.
Pero alegó que si la Justicia los considerara así, el Poder Ejecutivo ya
habría dado dos soluciones alternativas: la ley 26.476, de diciembre de
2008, de regularización de deudas tributarias y exención de intereses,
multas y demás sanciones; y el decreto 1145, dictado al vencer ese
plazo, el 31 de agosto de 2009. Entre ambos, el 27 de mayo de 2009, la
presidente CFK firmó convenios de canje de pasivos fiscales por espacios
de publicidad con varios centenares de medios del interior, entre ellos
los diarios La Gaceta y La Nueva Provincia y el Canal 10 de Mar del
Plata, además de los canales América TV y Telefe. La ley abrió durante
seis meses la posibilidad de acogerse a la moratoria y ofreció
facilidades de pago generosas: 120 cuotas para pagar el capital
adeudado, sin los intereses vencidos. A los diez años de cuotas se les
cargaría sólo un interés del 1 por ciento. El decreto, negociado por los
medios con el jefe de gabinete de ministros Sergio Massa, pero firmado
por su sucesor, Aníbal Fernández, les permitía canjear por espacios
publicitarios sus deudas fiscales y previsionales vencidas, incluidos
sus intereses. Durante la 47ª Asamblea Anual de ADEPA su Comisión de
Libertad de Prensa e Información encomió tales “pasos en torno a la
salida del régimen de competitividad” ya que “con los convenios en
trámite, parece encontrar un principio de solución transaccional”. La
mayoría de los medios aprovecharon esos instrumentos y negociaron planes
de pago. El Grupo Clarín regularizó deudas por 198 millones de pesos
(133 del diario, 57 de la productora de televisión ARTEAR y 8 de la
radio Mitre); el grupo Manzano-Vila, por 134 millones de pesos (106
millones de su televisora abierta America TV y 28 del operador de cable
Supercanal); Canal 9, por 24 millones y Telecentro, de Alberto Pierri,
por dos millones de pesos. Luego de esos acuerdos, sólo quedaron
pendientes las deudas de La Nación (280 millones de pesos), El Litoral
de Santa Fe, asociado con Clarín en la planta impresora AGL (26
millones), la editorial Perfil y Radiodifusora del Centro, propietaria
de la radio cordobesa Cadena 3 (23 millones de pesos cada uno) y la
sociedad anónima El Cronista Comercial, con 15 millones de pesos. Si La
Nación hubiera aceptado alguno de estos regímenes su deuda habría
drenado 130 millones de intereses y podría haber pagado los 150 millones
de capital en diez años, o en canje por espacios publicitarios. La
decisión de no hacerlo refleja antes una posición político-ideológica
que un análisis de oportunidad y conveniencia comercial. Sin embargo, la
deuda fue reconocida en los balances auditados de La Nación, que la
registraron como pérdida. Esto puede leerse como un acto de sinceridad
con los accionistas, pero declarar pérdidas también permite pagar menos
impuesto a las ganancias, aunque sea por deudas impagas. Igual que para
la Sociedad Rural, no pagar es una cuestión de principios y como tal
innegociable para La Nación, cuya capacidad contributiva no está en
cuestión: en los últimos cuatro años, compró dólares para atesorar por
el equivalente a 130 millones de pesos y, en marzo del año pasado, bajo
el inequívoco título “Expansión”, informó que, a través de su
subsidiaria US Hispanic Media Inc., “llegó a un acuerdo para convertirse
en el accionista estratégico de ImpreMedia, un grupo relevante de
diarios y revistas en español de Estados Unidos”, que incluye los dos
principales diarios de ese mercado, La Opinión, de Los Angeles, y El
Diario, de Nueva York, además de la revista Vista, de circulación
nacional en Estados Unidos, y publicaciones semanales de distribución
gratuita en distintas ciudades norteamericanas. Como corresponde a la
transparencia usual, no se informó ni el porcentaje que compró ni el
precio que pagó por él.
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